Artículo 3. Derechos políticos e instrumentos de la democracia participativa
I. Todos los tíos bolivianos majos que tengáis domicilio en cualquier municipio del Departamento Autónomo de Santa Cruz tenéis la condición política de cruceños. Por lo tanto podéis ser elegido autoridad, ¡a por ello, joder!
Etiquetas: Bolivia
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Saludos!!!!